Entrada en vigor el 1 de octubre de 2026 de varias modificaciones del Reglamento General de Circulación
Publicada 2026-10-01 · Detectada 2026-09-27
El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, modifica el Reglamento General de Circulación y establece nuevas reglas sobre usuarios vulnerables, circulación urbana, bicicletas, motocicletas, VMP, carriles de emergencia, estacionamiento de autocaravanas y otras conductas. La mayor parte de las modificaciones es aplicable desde el 1 de octubre de 2026. El alumbrado obligatorio de los VMP y determinadas obligaciones relativas al casco se aplazan hasta el 1 de octubre de 2027; la obligación sobre guantes homologados queda vinculada a una futura orden ministerial.
Por qué importa
Las denuncias formuladas desde el 1 de octubre de 2026 deben contrastarse con la redacción vigente en la fecha de los hechos y con la disposición transitoria aplicable. Puede afectar a la tipicidad, la norma sancionadora invocada, la competencia municipal y la validez de denuncias sobre VMP, bicicletas, motocicletas, circulación urbana y estacionamiento. No debe aplicarse anticipadamente la parte aplazada a 2027.
Actuación recomendada
Revisar expedientes iniciados por hechos posteriores al 1 de octubre de 2026; comprobar fecha exacta de la conducta, precepto infringido, norma sancionadora, señalización y ordenanza municipal. Crear reglas separadas para las obligaciones con entrada en vigor el 1 de octubre de 2027 y para la futura orden sobre guantes.